Acuerdo de licencia de contenido
1. Especialidades625 otorga a la iglesia u otra organización ministerial (la “Organización”) que compra esta suscripción del currículo o cualquier otra licencia de contenido (la “Licencia”) una licencia limitada para utilizar el Contenido y Marca Registrada propiedad de e625 (según se define a continuación) estrictamente como se expone en este acuerdo (el “Acuerdo”). Al marcar la casilla “Estoy de acuerdo” en el sitio web o al utilizar el Contenido o Marcas Registradas, está de acuerdo a quedar ligado legalmente, usted y su Organización, a los términos de este Acuerdo.
2. TERMINACIÓN. Especialidades625 se reserva el derecho de terminar este Acuerdo en cualquier momento sin ningún reembolso en el caso de que la Organización incumpla cualquiera de los términos de este Acuerdo. Adicionalmente, e625 se reserve el derecho en cualquier momento de terminar la licencia para una Marca Registrada específica o componente del Contenido con un reembolso prorrateado a la Organización en el caso de que e625 descubra que una Marca Registrada o componente del Contenido infringe los derechos de cualquier tercero.
3. RENUNCIA. La falla por parte de e625 de reforzar cualquiera de los términos de este Acuerdo no se considerará una renuncia a sus derechos de reforzar aquello o cualquier otro término de este Acuerdo o cualquier otro acuerdo que exista entre las partes.
4. LEY GOBERNANTE/RESOLUCIÓN DE DISPUTAS. Este Acuerdo será interpretado bajo las leyes del Estado de Georgia sin considerar conflicto de las provisiones de la ley. Cualquier disputa, controversia, o reclamo que surja bajo, dado, o en conexión con, o en relación a este Acuerdo será sujeto a arbitraje final y unido ante un panel de tres árbitros (un árbitro seleccionado por cada parte, y estos árbitros seleccionarán al tercer) conducido aplicando las leyes substantivas de Georgia de acuerdo con y sujetas a las Reglas de Procedimiento de Conciliación Cristiana (las “Reglas”) establecidas por el Institute for Christian Conciliation (una división de Peacemaker Ministries).
Cualquier solicitud de arbitraje será entregada a la otra parte y contendrá un resumen de la controversia o reclamo, las causas de la acción y teorías de responsabilidad que la parte solicitante cree tener en contra de la otra parte, y una declaración de compensación que la parte solicitante considera es apropiada. El arbitraje será completado en no más de sesenta (60) días desde la fecha en que los árbitros son seleccionados, a menos que los árbitros requieran una extensión. Cualquier procedimiento de arbitraje serán efectuados por teléfono o, si una audiencia es considerada necesaria por los árbitros, en Minneapolis, Minnesota. El juicio sobre cualquier recompensa otorgada en el arbitraje podría ser presentada en cualquier corte que tenga la respectiva jurisdicción. Adicionalmente a cualquier otra compensación, la parte prevaleciente tendrá el derecho de recuperar sus costos incluyendo cuotas razonables de abogados y cuotas de testigos expertos. Este párrafo no previene a e625 de buscar un mandato u otra compensación extraordinaria para proteger o detener la infracción de las Marcas Registradas o del Contenido, y la Organización está de acuerdo en que e625 tendrá el derecho de buscar medidas cautelares para detener tal infracción.
5. ACUERDO TOTAL. Este Acuerdo constituye el acuerdo total entre las partes y reemplaza cualquier otra declaración escrita u oral o previos acuerdos en cuanto a la Licencia, Marcas Registradas, o Contenido.